TELÉFONOS DE EMERGENCIAS Y FARMACIAS DEL ORITUCO

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domingo, 13 de octubre de 2013

"PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA RELATIVA AL DEBER DE LOS SUJETOS PASIVOS DE SUMINISTRAR INFORMACIÓN DE LA PRINCIPAL ACTIVIDAD ECONÓMICA"



  La cámara de comercio del Orituco cumple con su deber de informar a todos sus agremiados, que el primero de octubre del presente año fue publicada la PROVIDENCIA 0066, denominada  "PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA RELATIVA AL DEBER DE LOS SUJETOS PASIVOS DE SUMINISTRAR INFORMACIÓN DE LA PRINCIPAL ACTIVIDAD ECONÓMICA" La cual establece en su artículo primero lo siguiente:

"1.- Las personas jurídicas, comunidades, y entidades con o sin personalidad jurídica, que conforme a las leyes vigentes se encuentren obligadas a inscribirse en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), deberán suministrar electrónicamente al SENIAT, la información relativa a la principal actividad económica, de acuerdo a lo previsto en esta Providencia Administrativa.
Se exceptúan del cumplimiento de la obligación de informar establecida en el encabezamiento de este artículo, a las personas naturales que se encuentren obligadas a inscribirse en el Registro Único de Información Fiscal (RIF)."

Esta actualización se realizara a través del portal fiscal del SENIAT, de acuerdo a las especificaciones indicadas en el mismo portal, tal como lo establece el artículo 2 de la referida Providencia.

El plazo para realizar este trámite,  es de tres meses a partir de la fecha de publicación de la Providencia, es decir el 02 de enero de 2014.

Las sanciones por incumplimiento de esta actividad son las establecidas en el Código Orgánico Tributario.

Para cumplir con esta obligación hay que llenar un cuestionario de unas catorce o dieciséis preguntas, el cual debe ser llenado con sumo cuidado, pues de ello va a depender su clasificación y luego de que se llene, no podrá ser eliminada, ni siquiera por los propios funcionarios del SENIAT,

NOTA: Si usted va a llenar este cuestionario debe previamente tener su clave y usuario.