A partir del 1°
de mayo de 2013, se establece el aumento del salario mínimo de los trabajadores de
acuerdo a lo publicado en Gaceta Oficial N° 41157, del 30 de abril de 2013.
Articulo 1°: “ se fija un aumento del
salario mínimo mensual obligatorio en todo el territorio nacional para los
trabajadores y trabajadoras que presten servicios en los sectores públicos y
privados, sin perjuicio de lo dispuesto
en el articulo 2° de este Decreto en la forma siguiente:
a) Veinte (20%), a partir del 1° de mayo de 2013, pagando la
cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON CERO DOS
CENTIMOS (Bs. 2457,02), mensuales, esto es ochenta y un Bolívares con noventa
céntimos (Bs. 81,90), diarios por jornada diurna.
b) Diez por ciento (10%), a partir
del 1º de septiembre de 2013, quedando en la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS
DOS BOLÍVARES CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 2702,73), mensuales esto es noventa
bolívares con cero nueve céntimos (Bs. 90,09),diarios por jornada diurna.
c) Entre un cinco por ciento (5%), y un diez por ciento (10%),
a partir del 1º de noviembre del año en curso, tomando como una referencia el comportamiento del Índice Nacional de
Precios al Consumidor durante el año 2013.
Para los adolescentes y aprendices el
salario será a partir del 1ero de mayo de
Bs, 1.826,91, es decir, BS. 60,89 diario y a partir del 1ero de septiembre 2.009, 60, es
decir 66,98 Bs. Diarios.
Es propicia la ocasión para
recordarles que el monto mínimo de la cesta ticket diario es de Bs. 26,75, y el máximo es de Bs. 53,50 diarios.
Agradecemos a la Lic. Elisenda Tovar por la información
suministrada.