TELÉFONOS DE EMERGENCIAS Y FARMACIAS DEL ORITUCO

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viernes, 11 de diciembre de 2009

DIRECTORIO DE LA CÁMARA DE COMERCIO ANALIZA EL PROYECTO DE ORDENANZA DE HACIENDA MUNICIPAL CON LA ASESORÍA DEL ESCRITORIO JURÍDICO R.O. & P.L.

Jueves, 10 de Diciembre de 2009

Abogados del escritorio jurídico REYES ORRIBO & PÉREZ LUGO,
asesores jurídicos de la Cámara de Comercio del Orituco






PROYECTO DE ORDENANZA SOBRE HACIENDA MUNICIPAL:

- Este es uno de los proyectos que requiere una mayor revisión, muy a fondo, ya que en la forma como está prevista se constituye en una camisa de fuerza para organizar y garantizar un crecimiento armónico del Municipio, y en especial de la ciudad; en este sentido, el artículo 16 contiene una prohibición que genera la imposibilidad que en nuestro suelo se instalen empresas con capacidad generadora de empleos y generadoras de progreso. Esta prohibición expresa cercena la posibilidad de desarrollo integral y progresivo del municipio. Está redactado el artículo como si nuestro municipio no contara con inmensas extensiones de terrenos dispuestos para el desarrollo de sus carencias actuales, tales como desarrollos habitaciones, parque industrial, entre otros.
- En igual condición podemos señalar el contenido del artículo 23, ya que cierra el crecimiento del municipio, y lo enclaustra con lo existente, perdiéndose así más oportunidades. Este proyecto contrasta con nuestras realidades y de allí su inaplicabilidad en las condiciones como está previsto. Coarta el crecimiento, la expansión, y mantendrá a la ciudad gracitana como una foto representativa del pasado, en la cual el progreso y el desarrollo que trae consigo la inversión pública o privada no será posible. Esta es precisamente la historia contemporánea de nuestro municipio, imposibilitado de crecer por haber estado y estar en el presente en manos de personas sin capacidad de proyección en función del futuro. Obsérvese el Municipio en la actualidad: caos vial en la ciudad; carencia de señalizaciones; carencia de vialidad alterna; crecimiento demográfico en proporciones no vistas anteriormente; incapacidad del servicio de transporte público en horas picos por falta de unidades, entre otras.
- Se impone una revisión en el régimen de multas y sanciones, a objeto de adecuarlo a nuestras realidades. Imponer sanciones a nuestros comercios por el orden de 250 unidades tributarias equivale al cierre del mismo. Por lo tanto, urge una revisión en este sentido.